ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL.


ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL:



Antes de que los españoles  invadieran  nuestra tierra, los aborígenes realizaban sus tareas más importantes como la pesca y la agricultura, y recibían las ordenes  que impartía el cacique de cada tribu.pero al llegar los españoles estos, transformaron todas  las costumbres  obligando  a los indígenas  dejar las actividades que realizaban  para dedicarse a la explotación de las minas, para lograr su objetivo estos impusieron ordenes y decretos que tenían origen en su propia voluntad. Todas esas ordenanzas y decretos se recopilaron  en el reinado de Carlos II con el nombre de legislación indiana.
A pesar del grito de independencia,  y  la  terminación de la esclavitud  por parte del libertador, la situación solo cambio el 1 de enero de 1852 con el presidente a cargo José Hilario López. hasta solo  ese momento  reaparecen  algunas leyes sociales, que dieron fundamento a lo que hoy se le llama código sustantivo del trabajo.
 algunas de esas leyes  son:
-          Ley 29 de 1905, establece la pensión de  jubilación  vitalicia para los magistrados de la corte que    llegan a sus 60 años.
-          Ley 57 de 1915, el estado cubre los accidentes de trabajo, a los trabajadores de construcción
-          Ley 46 de 1918 se expide las habitaciones de los obreros.
-          Ley 78 de 1919 regula los aspectos de  huelga y  contratación; ademas  esta ley no habla del derecho como tal de  la huelga si no del fenómeno de esta, donde el estado no estaba, obligado  a garantizarla ni a protegerla, sin embargo el estado acepta la huelga pero no estaba reglamentada como un derecho de los trabajadores.
-          En 1936 mediante acto legislativo  del articulo 20 se garantiza el derecho a la huelga esta norma aparece en la constitución de 1991 como articulo 56.
      Así sucesivamente con este articulo, se expidieron cada año algunas leyes y decretos encargados de vigilar las relaciones entre trabajadores y empleadores.
-          La ley 96 de 1938  creo el ministerio del trabajo, hoy en día llamado ministerio de la protección social.
-          La ley 90 de 1946 se creo en Colombia el seguro obligatorio en Colombia.
-          En 1950 bajo el gobierno de Mariano Ospina Pérez dieron origen al código sustantivo del trabajo, donde se recopilo la cantidad de normas que existían en relación con el trabajo y sobre las garantías de los trabajadores.
-          En el articulo 2045 el código civil da normas de arrendamiento de criados domésticos y de nodrizas; estas normas debieran desaparecer  por humillantes y esclavistas, para ser reemplazadas en la legislación laboral por el contrato de trabajo de  empleado de servicio domestico.
todos los diversos decretos y leyes que son  expedidos por cada gobierno, son producto incansable de los luchas de los trabajadores quienes aun, continúan luchando para que les cambien las condiciones no aptas en cuanto a protección y garantías sociales.
por otra parte en la última década se dieron  grandes cambios en la legislación laboral como se puede observar en la  ley 50 de 1990 y en la ley 100 de 1993. con la  ley 50 los trabajadores perdieron grandes derechos, como fue la  retroactividad de las cesantías, la pensión, el reintegro de trabajadores con mas de 10 años de servicio quedando despedidos sin justa causa y la modificación  del contrato legal a termino fijo. Con la ley 100 se pudo modificar  lo relacionado con las pensiones, se dan avances en la salud y en el 2002 con la ley 789 se modifica la liquidación de la jornada de trabajo, las indemnizaciones a cargo del empleador por terminación del contrato injustamente y la indemnización por falta de pago.




Nuestro código sustantivo del trabajo tiene 3 grandes aspectos en el campo del derecho social:
-          Derecho individual del trabajo
-          Derecho colectivo del trabajo
-          Derecho de la seguridad social integral.
Este último aspecto fue creado por la ley 100 de 1993, denominado régimen de seguridad social en Colombia, comprendiendo las obligaciones del estado y la sociedad, garantizando la cobertura de las prestaciones de carácter económico y de salud; la seguridad social es de carácter público y obligatorio que se debe presta bajo la coordinación del estado y se  le garantiza a todos los habitantes siendo un derecho irrenunciable a la sociedad.


Pero a pesar de todos los cambios introducidos por esta ley , la seguridad social está muy atrasada en comparación con países tales como Alemania, Suecia, Inglaterra, España y estados unidos.
Si realmente la  seguridad social fuera protección del estado para todos, incluyendo extranjeros  residentes o transeúntes esta se debe dar desde el nacimiento hasta la muerte. 
 la legislación del país debe estar reglamentada para garantizar la protección de todos los derechos tanto de los que trabajan como los que no por cualquier circunstancia no lo pueden hacer, si una nación es verdaderamente eficiente en la seguridad social no podrá rechazar ni enfermos ni heridos y los gastos deberán  correr por cuenta del estado; como podremos ver tal  tal beneficio, primero que todo  debe existir la honradez del pago de los impuestos de todo aquel que dependa del estado, se debe acabar con el narcotráfico, mejorar y consumir nuestros productos, hacer que la honestidad de dirigentes y gobernantes permanezca partiendo de la ética moral de cada uno.
La legislación se aplica a todos los habitantes del territorio de la república sin considerar su nacionalidad, según la norma de la constitución, es un deber de todo  extranjero, acatar las leyes y las normas de la  constitución, obedeciendo a las autoridades.

Según el código sustantivo del trabajo es necesario saber quiénes son  trabajadores del estado, para esto se explicara lo siguiente:


Los servidores públicos son aquellos que prestan servicios a la nación o departamento o distrito capital de Bogotá, a los municipios y a  las entidades  descentralizadas, se vinculan a través de nombramientos, o mediante elección popular.
Mientras que los servidores oficiales son las personas que se vincular mediante un contrato de trabajo cuya actividad está encaminada en la conservación de obras públicas en el orden nacional, departamental o municipal  o que prestan servicios en empresas industriales o comerciales del estado.
Los empleados públicos están sometidos al estado y a un conjunto de normas constitucionales, los trabajadores oficiales se rigen por las condiciones respectivas en el contrato del trabajo según el reglamento de cada institución. 


Tanto el empleado público como el oficial deben agotar la reclamación administrativa antes de acudir a la jurisdicción respectiva.
El público agota la reclamación haciendo uso de apelación mediante un reclamo escrito, según el código procesal del trabajo y la seguridad social.
El oficial agota la reclamación mediante una comunicación dirigida a la entidad a la cual presto sus servicios en las que se incluyan todas las evidencias que puedan dar objeto a una demanda laboral, solo se puede hacer efectiva dicha demanda si ha transcurrido un mes de la reclamación  que no ha sido resuelta.

Todo colombiano que preste sus servicios en otro país, se rige según  las normas y leyes del país donde va a laborar.


El trabajo es toda actividad humana libre, licita ya sea material o intelectual que una persona natural ejecuta a otra persona natural o jurídica bajo la ejecución de un contrato de trabajo, por la cual el código sustantivo del trabajo dice en el artículo 8
“nadie puede impedir el trabajo de los demás ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo licito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente, encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad en los casos que se prevean en la ley, lo único que exige la ley es que la actividad sea licita o permitida”.
Todo empleador debe estar obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia. La correcta aplicación influye en la buena marcha de sus empresas y beneficia las relaciones con sus trabajadores la no aplicación de las normas, o la incorrecta aplicación trae como consecuencia la imposición de multas y sanciones y pueden llegar hasta el cierre del establecimiento y además de conflictos con cada uno de los trabajadores.


En conclusión el código sustantivo del trabajo se aplica a todo trabajador que preste sus servicios a un empleador dentro del territorio colombiano. El ministerio de la protección social tiene la función de vigilar y controlar de que la legislación laboral se cumpla según la política nacional del país, ejemplo visitando empresas, ejerciendo funciones de policial laboral, imponiendo multas a empleadores; además dar soluciones a las dificultades laborales que surjan entre el trabajador y el empleador, procurando una conciliación. 


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